PLAN RENOVE DE CALDERAS DOMÉSTICAS COMUNIDAD VALENCIANA 2016

Plan Renove de Calderas Domésticas Comunidad valenciana 2016

Ayudas destinadas a la renovación de las calderas actuales por otras de condensación con un sistema de control/regulación eficiente.

Los beneficiarios son todas las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunidad Valenciana.

Solo podrá presentarse una solicitud de ayuda por cada persona interesada.

El plazo para adquirir las calderas comienza el 12-01-2016 y finaliza el 17-06-2016, o en el momento de agotamiento del presupuesto asignado a la convocatoria.

La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras comenzará el 24-12-15 y  finalizará el 31-05-2016.

Se considera actividad susceptible de ayuda la sustitución de una caldera de calefacción de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por una caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW.

Será condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado, hecho que será acreditado por la empresa instaladora al firmar el bono de la ayuda, disponible en la página web del IVACE o en la oficina de campaña.

Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de una única caldera y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el Listado Renove Calderas.

La cuantía de la ayuda individual para cada aparato es la siguiente:

InstalaciónClase eficienciaCombustibleEmisiones NOxAyuda
Calderas condensaciónA o superiorGas natural/ GLP< 70 mg/ kWh 300 €
Sistema de control/regulaciónII con termostato ambiente on/off, V o VI

La aportación del IVACE será de 250 € por caldera sustituida y se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez finalizada la tramitación con resultado favorable;

La aportación de la empresa instaladora consistirá en un descuento de 50 € sobre la base imponible de la factura.

La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste de la instalación (precio del equipo y montaje, IVA incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. En este caso será la aportación del IVACE, la que se reducirá hasta el límite del 30 por ciento.

¿Necesitas ayuda?