Modificaciones en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades a partir de octubre de 2016.
Las modificaciones introducidas afectan a los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, sea al menos 10 millones de euros.
Porcentaje aplicable para el cálculo del pago fraccionado mínimo:
- 23%, con carácter general
- 25% a las entidades de crédito, así como a las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos.
No resultará de aplicación el pago fraccionado mínimo a:
- Las entidades que tributan al 10% del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Las entidades que tributan al 1%.
- Las entidades que tributan al 0 %.
- Las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. (SOCIMIs).
