Cómo darte de alta de autónomo y no morir en el intento

Cómo Darte de alta como autónomo

¿Quieres darte de alta como autónomo y no sabes por donde empezar ni como hacerlo? No te preocupes. Aquí te lo explicaremos de la manera más sencilla posible.

TRAMITES NECESARIOS PARA EL ALTA DE AUTÓNOMOS

1. Alta en Hacienda con el modelo 036 o 037

Para realizar este paso tienes que rellenar el modelo 036 (o el 037 que es la versión simplificada) y presentarlo en Hacienda. En este modelo tenemos que rellenar nuestros datos, elegir la actividad profesional a la que nos vamos a dedicar como autónomos y nos vienen detallados los impuestos que estaremos obligados a pagar.

 

¿Cuándo puedo usar el modelo simplificado 037?

Para usar el modelo 037, que es más sencillo que el 036 tienes que cumplir estos requisitos :

  • Ser residente en España con NIF y actuar tu propio nombre.
  • No ser considerado como gran empresa.
  • Que tu domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.

Circunstancias que nos excluyen del modelo 037:

  1. Estar incluido en regímenes especiales de IVA, excepto el simplificado, el de agricultura, ganadería y pesca y el de Recargo de Equivalencia.
  2. Estar inscrito en el régimen de devolución mensual de IVA.
  3. Ser sujetos pasivos de Impuestos Especiales o del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  4. Realizar alguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  5. Realizar ventas a distancia.
  6. Satisfacer rendimientos de capital mobiliario.

¿Dónde puedo hacer este trámite?

Para hacerlo de manera presencial deberás acudir a la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana. También se puede hacer online si tenemos Cl@ve Pin, certificado digital o DNI electrónico. 

2. Alta en la Seguridad Social

En los primeros 30 días desde que comenzamos la actividad debemos presentar el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA), en la Seguridad Social. Tendrás que rellenar el modelo TA0521. Versiones del modelo TA0521:

Si no perteneces a los grupos anteriores puedes cumplimentar la hoja simplificada.

En el formulario TA0521 debes rellenar tus datos personales e indicar la actividad profesional a la que te vas a dedicar.

Las actividades están clasificadas con el código CNAE (no es la misma clasificación que usa Hacienda). Debes localizar el código CNAE de tu actividad e incluirlo.

> Desde este link puedes descargar la lista.

 

Base de cotización

La base de cotización es sobre la que la Seguridad Social calcula tu cotización. Es importante saber que podemos modificar la base de cotización hasta cuatro veces al año con la Nueva Ley de Autónomos.

Ten en cuenta que tu base de cotización afectará a tu jubilación de autónomo, bajas o incapacidades (temporales o permanentes), así como al paro.

 

Elegir la Mutua

también deberás elegir la Mutua para caso de accidente laboral e incapacidad temporal. La Mutua se encarga de la valoración médica y la gestión de las bajas por accidentes de trabajo.

Infórmate bien de que mutua elegir y ten en cuenta sus servicios, cercanía y horarios.

¿Coberturas podemos escoger?

Si no elegimos ninguna cobertura adicional estaremos cotizando sólo por Incapacidad Temporal (IT) y solo tendrás derecho a una prestación (calculada a partir de tu base de cotización) en caso de accidente laboral. 

Otras coberturas que puedes escoger:

  • AT + EP: Accidentes de Trabajo más Enfermedades Profesionales. Proporciona una mayor prestación en caso de baja, y te cubre en caso de incapacidad parcial y total permanente y fallecimiento.
  • Cese de actividad. Si cotizamos por cese de actividad tendrás acceso al “paro de los autónomos”.

También tienes la opción de renunciar a la cotización por IT si estas contratado por cuenta ajena. En ese caso ya estarías cubierto y puedes renunciar a ella con el ahorro en la cuota de autónomo que supone.

 

¿DÓNDE PUEDO HACER ESTE TRÁMITE?

Puedes hacerlo online con el certificado digital o si estas registrado en la Seguridad Social con tu usuario y contraseña. De lo contrario tienes que acudir a tu Delegación más cercana con la fotocopia del DNI y el alta en Hacienda.

3. Tarifa plana de autónomos

 

Requisitos para acceder a la Tarifa Plana para autónomos

  • Si es la primera vez que te das de alta como autónomo en el RETA.
  • Si no has ejercido como autónomo en los últimos dos años laborales (contando desde la fecha en la que te dieras de baja del RETA).
  • Si ya has sido autónomo con anterioridad y disfrutaste de esta tarifa plana, pero ya han pasado tres años desde que te diste de baja del RETA.
  • No estar en deuda con la Seguridad Social.
  • No trabajar además por cuenta ajena.

Esta tarifa plana se amplía a ciertos autónomos que, sin ser nuevos, cumplen estas condiciones.

  • Autónomos incluidos en el Sistema de Garantía Juvenil.
  • Socios de una sociedad laboral.
  • Socios de una cooperativa de trabajo asociado.
  • Los casos en los que el trabajador cotice en el primer grupo de cotización de los Trabajadores del Mar (tanto del RETA como del Régimen Especial de Seguridad Social).
  • Autónomo incluido en el Régimen Especial de Trabajadores Agrarios.
  • Los autónomos societarios no pueden acceder a este tipo de tarifa plana, pero se han dado diversas sentencias judiciales que les han otorgado este derecho a algunos.

¿Que cuota se queda con la tarifa plana?

1. Primer tramo (12 meses)

60€/mes durante los primeros 12 meses (720€ al año).
Si quieres una base de cotización superior a la mínima, tendrás una bonificación del 80% sobre la base de cotización escogida.

2. Segundo tramo (13 a 18 meses)

Durante los siguientes seis meses, se aplicará una reducción equivalente al 50% de la cuota, así la cuota mínima se quedaría en 143,10€/mes.

3. Tercer tramo (19 a 24 meses)

Tendrás una reducción equivalente al 30% de la cuota y se quedaría la cuota mínima en 200,30€/mes.

4. Otros trámites a realizar

Si vas a abrir un negocio al público o contratar trabajadores deberás también tramitar una licencia de apertura y dar de alta un centro de trabajo.

También debes tener en cuenta el tipo de actividad que desarrollarás, el coste de licencia de apertura, la documentación a presentar y los costes derivados.

¿Necesitas ayuda con los trámites?

En la asesoría Mprende de Alicante nuestro equipo de asesores expertos pueden ayudarte con estos trámites y realizarlos por ti. Lo podemos hacer de manera presencial en nuestras oficinas o puedes contactar con tu asesor online, como te sea más cómodo.