Asesoría fiscal

Declaración de la renta

Somos tu Asesoría Fiscal en Alicante. ¿Eres empresa o autónomo? ¿Necesitas un asesor fiscal o tributario?. No busques más.

Tus asesores fiscales en Alicante

Información | Asistencia | Asesoramiento

Uno de nuestros asesores estudiará la situación fiscal de tu negocio.

Cuando conozcamos las necesidad y características de tu empresa elaboraremos una propuesta de servicios personalizada.

NUESTROS SERVICIOS DE ASESORIA FISCAL

Optimización fiscal

Ahorro fiscal

Contamos con asesores fiscales que estudian las nuevas posibilidades de ahorro fiscal para los distintos clientes y situaciones siempre dentro de la legalidad vigente.

Siempre a tu lado

¿hablamos? Atención al cliente asesoría en Alicante

Podrás contactar con tu asesor siempre que lo necesites para resolver dudas o informarte sobre los temas fiscales de tu interés.

Contigo allá donde estés. Accede a tu asesoría en la nube desde cualquier plataforma (PC, Tablet o móvil). Todos tus documentos a un solo click.

¿Tienes alguna duda?

Trabajamos en toda la península salvo en el País Vasco y Navarra por contar con Regímenes fiscales propios.

La mayoría de los asesores opinan que la mejor opción para un nuevo emprendedor es empezar su actividad como autónomo y en el momento en el que crezca el negocio, cambiarse a una sociedad limitada o anónima.

Un autónomo es quien trabaja por su cuenta, que no es asalariado de una determinada empresa.

Principales características:

  • Sin capital inicial para aportar
  • La responsabilidad se fija al autónomo
  • Independencia para fijar tus condiciones de trabajo
  • Deducción de gastos, ya que el autónomo paga IRPF según el beneficio obtenido en su actividad
  • Ajuste de cotización a la Seguridad Social
  • Facilidad para darse de alta

Sociedad mercantil con personalidad jurídica cuyo capital está dividido en participaciones iguales y en la que los socios no responden personalmente por las deudas sociales.

Es la más elegida actualmente por los emprendedores.

Principales características:

  • Sencillez de funcionamiento y trámites
  • Capital de inversión mínima 3.000€
  • La responsabilidad se fija al capital aportado a la empresa
  • Puede tener uno o más socios
  • Se desgrava el sueldo como gasto
  • Mayor sencillez de acceso a créditos bancarios

En esta sociedad el capital social está dividido en acciones según lo que haya aportado cada socio para la constitución de esta. 

  • Está orientada a empresas grandes
  • Se tiene que auditar de forma obligatoria
  • El capital social está dividido en acciones y se pueden vender.
  • Los socios no responden personalmente ante las deudas de la sociedad
  • Capital de inversión 60.000€

Se basa en un contrato privado mediante el cual colaboran dos o más personas para llevar a cabo una actividad. 

  • Mínimo dos socios que deben darse de alta como autónomos
  • Sin capital de inversión
  • Responsabilidad personal e ilimitada
  • Tributan mediante el Impuesto de Sociedades
  • Constitución sencilla y barata

La forma jurídica de asociación entre autónomos para abordar un proyecto conjunto.

  • Recomendable para negocios pequeños
  • Contrato privado entre trabajadores por cuenta propia
  • No hay capital mínimo
  • Mínimo 2 socios
  • Tributan a través del Impuesto del IRPF 
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria
  • Excluidas de las ayudas del Estado
  • Registrar el nombre de la empresa
  • Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa con un capital social mínimo de 3.000€
  • Redactar los estatutos de la empresa
  • Firmar la escritura pública de constitución
  • Solicitar el NIF
  • Dar de alta la sociedad en Hacienda (IAE)
  • Declaración censal
  • Inscripción en el Registro Mercantil
  • Obtención del NIF definitivo
  • Aquellos gastos que correspondan a operaciones reales y que estén correlacionados con la obtención de ingresos y que estén afectos a la actividad.
  • Aquellos que estén debidamente justificados.
  • Aquellos que estén debidamente contabilizados

Debes conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años a partir del último asiento realizado en los libros.

A efectos del impuesto de sociedades e IRPF un ticket de compra no es deducible, porque no cumple los requisitos de facturación debido a que son facturas incompletas que no reúnen los requisitos de deducibilidad al no quedar acreditado el destinatario de la operación.

  • Persona jurídica (impuesto sobre sociedades): límites del 50% en gastos de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos con límite del 1% de la cifra de negocios.
  • Persona física (impuesto sobre la renta de las personas físicas): límites del 50% en gastos de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos con límite del 5% de la cifra de negocios.

Te puede interesar_

Cómo darte de alta de autónomo y no morir en el intento

Cómo Darte de alta como autónomo

¿Quieres darte de alta como autónomo y no sabes por donde empezar ni como hacerlo? No te preocupes. Aquí te lo explicaremos de la manera ...
Asesoría laboral cálculo de pensiones

Reclamaciones de parte de la tributación de la pensión de jubilación de Telefónica, Banca y Seguros

  Los trabajadores que aportaron a mutualidades antes de 1979 pueden deducirse parte de la pensión   Si es jubilado de Telefónica, banca o compañías ...
Plusvalía municipal

Plusvalía Municipal

Tras la decisión del Tribunal Constitucional de anular el pago del impuesto al Ayuntamiento, en el caso de que se transmita una propiedad y no ...